LA EMACIPACIÓN DE
LOS TRABAJADORES
HA DE SER OBRA DE
LOS TRABAJADORES
MISMOS.
CNT - AIT
YouTube - Homenaje a la lucha diaria de los verdaderos trabajadores
domingo, septiembre 30, 2007
YouTube - Homenaje a la lucha diaria de los verdaderos trabajadores
Mijaíl Alexandrovich Bakunin; Priamujino, Rusia, 1814-Berna, 1876) Teórico político y agitador revolucionario anarquista ruso. Hijo de un terrateniente de ideas liberales, estudió en la escuela de artillería de San Petersburgo y llegó a ser oficial de la guardia imperial. Enviado a una unidad militar en la frontera polaca, se ausentó sin permiso y a punto estuvo de ser juzgado por deserción. Tras abandonar el ejército, comenzó a interesarse por la filosofía, principalmente por la obra de los alemanes Fichte y Hegel, y fue a estudiar dicha materia en Moscú y San Petersburgo.
En 1840 viajó a Europa; en Berlín tuvo oportunidad de conocer las teorías de los neohegelianos de izquierda y de los socialistas utópicos franceses. Más tarde se trasladó a Dresde, ciudad en la que publicó un periódico radical que se puede considerar su primer manifiesto revolucionario.
Por último, recaló en París, donde residió entre los años 1842 y 1848, coincidiendo con Herzen, Proudhon y Marx, y participó en las revoluciones que estallaron en este último año en la capital francesa y en Praga y Dresde. Detenido y condenado a muerte, la pena no se ejecutó y Bakunin fue entregado al gobierno ruso, que lo encarceló por siete años y en 1857 lo desterró a Siberia.
Según parece, el gobernador de Siberia, Muraviev, era primo de la madre de Bakunin y gracias a ello se le concedió un permiso para salir de allí; un barco estadounidense lo llevó a Japón, luego a Estados Unidos y finalmente, en 1861, se trasladó a Londres, donde residiría cuatro años.
En 1864 fundó en Ginebra la Hermandad Internacional de la Democracia Social, organización revolucionaria que se disolvió al integrarse en la I Internacional, en 1867. En este mismo año se dirigió a Suiza, donde apoyó la Liga por la paz y la libertad, a la que pertenecían personalidades como Garibaldi, Louis Blanc, Victor Hugo y Stuart Mill
Posteriormente formó la llamada Alianza Internacional de la Democracia Socialista, cuyo programa reivindicaba una serie de reformas que constituían la base de la doctrina política de Bakunin: la supresión de los Estados nacionales y la formación en su lugar de federaciones constituidas por libres asociaciones agrícolas e industriales; la abolición de las clases sociales y de la herencia, la igualdad de sexos y la organización de los obreros al margen de los partidos políticos.
En 1870 fundó el Comité para la Salvación de Francia, asociación que dirigió la insurrección de la Comuna de Lyon. Durante la I Internacional, las diferencias entre sus ideas y el autoritarismo de Marx llevaron a la expulsión de los anarquistas del seno de la organización durante el congreso de La Haya, celebrado en 1872.
Bakunin pasó sus últimos años en Suiza, viviendo pobremente y sin más aliento que la correspondencia que mantenía con pequeños grupos anarquistas. Expuso su pensamiento en una voluminosa obra, y fue su discípulo James Guillaume quien, entre los años 1907 y 1913, en París, se encargaría de recopilar y editar todos sus libros. Del conjunto de su voluntariosa obra destacan El llamamiento a los eslavos, que denuncia a la burguesía como fuerza intrínsecamente antirrevolucionaria y propugna la creación en Europa Central de una federación libre de gentes eslavas; El catecismo revolucionario y El Estado y la anarquía.
viernes, septiembre 28, 2007
septiembre de 2007
SALVOCHEA DESCONOCIDO, EL DIA EN EL QUE SE CUMPLE EL CENTENARIO DE SU MUERTE
ACUERDOS DEL VIII CONGRESO SOBRE NORMATIVA ORGÁNICA
(SISTEMA DE MODIFICACIÓN DEL MAPA CONFEDERAL)
El ámbito territorial de la Confederación Nacional de Trabajo es el que actualmente abarca el Estado Español.
La CNT está constituida por todos los sindicatos cuyo ámbito de actuación esté comprendido dentro del actual Estado Español. Los sindicatos de una misma localidad, comarca o provincia se federan entre sí para constituir las federaciones Locales, Comarcales o Provinciales respectivamente. La Federación de estas entidades constituirá las confederaciones regionales; siendo la CNT la Federación de estas confederaciones.
Las confederaciones regionales en que se estructura la CNT y que constituye el mapa confederal, son: Confederación de Sindicatos de:
Andalucía y Canarias
Aragón y Rioja
Asturias y León
Cataluña y Baleares
Norte
Centro
Extremadura
Galicia
Levante
Murcia
Exterior
La Regional del Exterior está vinculada a la CNT con la siguiente normativa:
1. Una situación excepcional determinó la creación del exilio, y excepcional se tiene que seguir considerando su permanencia en el exterior. Por la ley biológica se extinguirá el Exilio Confederal, cerrando el paréntesis histórico que reflejan las resoluciones adoptadas al respecto, en el décimo congreso de la AIT.
2. La afiliación a la Regional del Exterior está cerrada, ya que, en cumplimiento de los propios acuerdos de la organización, la emigración seguirá los cauces orgánicos de la A.I.T.
3. Asumiendo la parte histórica e ideológica que les corresponde, en tanto que militantes anarcosindicalistas. declaramos que sólo harán uso de su derecho a voto si la integridad ideológica y ética de la CNT estuviera en juego, descartando el querer decidir sobre aspectos en los que no están afectados directamente o de exclusiva competencia de interior. como es por ejemplo el problema laboral referido a las luchas concretas como las líneas generales de tipo laboral. Igualmente entendemos que los cargos del organismo representativo de la CNT. el secretario permanente del C. Nacional. corresponde asumirlo fundamentalmente a las regionales del Interior.
El mapa confederal podrá ser variado:
A. Por unión de dos o más confederaciones Regionales. Ésto ha de realizarse por mutuo acuerdo de las partes, aprobado en Pleno Regional de cada una de las regionales implicadas y ratificado en Pleno Nacional de regionales y congreso.
B. División de una Confederación General. Tendrán que aprobarse en Pleno de Regionales y Congresos.
C. Por acuerdo de Pleno Nacional de Regionales con el 75% de los votos a favor, siendo el acuerdo válido hasta la celebración de congreso donde deberá ser ratificado.
DERECHOS DE LOS AFILIADOS
Art.16.- El afiliado tiene derecho a:
A) Ser informado en todas aquellas cuestiones que afecten al funcionamiento de la Organización.
B) Recibir el asesoramiento y, en su caso, el apoyo y la solidaridad de su sindicato en asuntos relativos a su actividad laboral y sindical.
C) Participar en las asambleas de su sindicato y sección de ramo.
D) Elegir o ser elegido para representar u ocupar los distintos cargos de gestión de la Organización, de acuerdo con la normativa misma.
Art. 17.- El afiliado tiene la responsabilidad de:
A) Respetar los acuerdos que haya adoptado la Organización a través de sus comicios en sus distintos ámbitos.
B) Contribuir al sostenimiento económico de la Organización, estando al corriente de pago de la cuota sindical acordada en cada momento.
C) Contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la Organización, con su actividad sindical y militante, en la medida de sus posibilidades.
D) Prestar el apoyo y solidaridad necesarios a los compañeros que los requieran.
Art. 18.- Los afiliados a la CNT que, a su vez, sean miembros de un grupo político, u ocupen cargos de responsabilidad en alguna organización o secta religiosa, o que sean miembros significativos de tales grupos u organizaciones, o se presenten a elecciones generales, municipales o autonómicas, no podrán representar ni ocupar cargos de gestión en la Organización,
Art. 19.- Serán dados de baja los afiliados que:
A) Lo soliciten voluntariamente.
B) Hayan dejado de cotizar durante 6 meses consecutivos, sin causa justificada, con entrega del carnet confederal o, en su defecto, la anulación de la validez del mismo por el comité del sindicato.
Art. 20.- Serán motivos de expulsión los siguientes:
A) No respetar o actuar en contra de los acuerdos de la Organización.
B) Efectuar acusaciones sin pruebas.
Art. 21.- Serán motivos de inhabilitación los expresados anteriormente, de acuerdo con su gravedad.
Art. 22.- Todo compañero comprendido en los tres artículos anteriores podrá recurrir sólo a una instancia confederal del ámbito siguiente. (F. Local, F. Comercial o C. Regional).
Art. 23.- Ningún afiliado expulsado de su sindicato podrá ser admitido en otro sindicato, aún cuando cambie de ramo laboral o localidad de trabajo o residencia.
En los casos en que la instancia (F. Local, F. Comercial, o C. Regional, en su caso) a la que se ha recurrido dictaminase irregularidades en la forma orgánica de la expulsión, el sindicato tendría que readmitir al expulsado. En este último caso, si el sindicato se niega a tratar el caso, el organismo confederal que propone la revisión, podrá so licitar que se incluya como punto en un Pleno de su ámbito.
Un afiliado a CNT sólo puede ser expulsado de la misma por el sindicato al que pertenece, ya sea a iniciativa de éste ó a propuesta de cualquier organismo confederal,
Art. 24.- En el caso de desfederaciones de sindicatos, Federación Local, Federación Comarcal, Provincial o Regional, la normativa que se aplicará deberá ser la misma que en el caso de expulsión de un afiliado, teniendo en cuenta los diferentes ámbitos.
jueves, septiembre 27, 2007
martes, septiembre 25, 2007
lunes, septiembre 24, 2007
PRINCIPIOS, TÁCTICAS Y FINALIDADES
5.1. ANARCOSINDICALISMO: DEFINICIÓN Y PRÁCTICA
Entendemos el anarcosindicalismo como la síntesis de la teoría y práctica del anarquismo actuando sobre y en todo tipo de asociacionismo obrero que confluye en un sindicato. Se trata en rigor de una síntesis del anarquismo y el sindicalismo revolucionario para impulsar el cambio de sociedad actual desde el mundo del trabajo. El anarquismo ha sido la fuente de inspiración del sindicalismo revolucionario nacido en Francia en el siglo pasado, por lo que se le puede decir, según hace actualmente la A.I.T., como sinónimo de anarcosindicalismo.
Es preciso establecer una diferenciación en los contenidos esenciales que caracterizan la acción del sindicalismo revolucionario que propugna y practica el anarcosindicalismo y el que propugnan ciertos grupos y sectores bastante alejados del movimiento libertario, a pesar de que emplean, desvirtuando su contenido, la frase de «sindicalismo revolucionario». No entendemos por sindicalismo revolucionario más que aquel movimiento que, surgido de entre las clases explotadas y oprimidas, aspira a la destrucción del sistema establecido para, por medio de una acción directa y antiautoritaria, desmontar los mecanismos de dominación poniendo todos los medios de producción al servicio de los trabajadores, los cuales tomarán en cualquier circunstancia las decisiones que crean convenientes sin conocer ningún otro tipo de mediación, imposición o poder que no sea el dimanado de los propios trabajadores
Abundando en lo anterior, ratificamos los acuerdos adoptados por el Congreso Constitutivo de la Asociación Internacional de Trabajadores celebrado en Berlín en diciembre de 1922 y modificados en el IV Congreso de Madrid de 1931 y en el V Congreso de París de 1935.
5.1.1. PRINCIPIOS Y FINALIDADES
El anarcosindicalismo es en realidad, desde el punto de vista de los principios una visión determinada del mundo que se corresponde con la filosofía antiautoritaria y emancipadora del anarquismo y por ello exterioriza su oposición a toda explotación tanto económica como política y a toda alienación religiosa siendo su objetivo fundamental y prioritario el de propagar esas ideas al mundo del trabajo por medio del sindicato. Actúa en el campo sindical, porque donde realmente el individuo siente la explotación es en el campo de lo económico, donde la lucha de clases se da con más claridad y es asumida por la mayoría de los trabajadores. Hay que pensar, y la historia lo viene demostrando, que las revueltas e intentos revolucionarios se quedan en nada, si en los países donde se dan no existe una organización sindical revolucionaria.
Hay que resaltar que esta actitud de oposición a toda explotación no puede calificarse de mera ideología o producto de laboratorio sino que responde a una constante del ser humano a lo largo de la historia, en su lucha sin tregua contra todo tipo de opresión. Esa lucha constituye la reivindicación del derecho a ser y a disponer libremente del propio destino, junto al deseo solidario de que todas las personas, de un modo colectivo, alcancemos ese derecho. No habrá verdadera libertad mientras una sola persona permanezca sometida a otros semejantes. El mérito del pensamiento libertario reside tan solo en el esclarecimiento de este hecho ante la conciencia de la persona.
Frente al mundo de opresión constante y en múltiples sentidos que padecemos, el anarquista opone su rebelión. Su visión parte de una ruptura total con los valores políticos, económicos y culturales establecidos por las clases dominantes a través de la historia. Para el anarcosindicalismo la evolución histórica, si tiene un sentido debe culminar en una ética de la responsabilidad personal e intransferible, opuesta de modo radical a la constante histórica de dominación. Esta ruptura supone el que el anarcosindicalismo contraponga a los valores de la sociedad establecida sus propios valores. Mediante éstos los trabajadores se convierten en agentes soberanos y activos de la transformación social. Para llevar a cabo esta transformación en profundidad, el anarcosindicalismo se materializa en la forma organizativa concreta que denominamos C.N.T. (Confederación Nacional del Trabajo).